¿Que es la Portabilidad? IPS Universitaria de caldas
La portabilidad es la garantía que da la EPS al usuario para acceder a los servicios de salud en cualquier lugar del territorio nacional, cuando el afiliado y/o su familia se va temporalmente a un municipio diferente al que reside y se encuentra afiliado
La portabilidad se aplica a partir del 03 de noviembre de 2013, mediante el decreto 1683 de 2013
Preguntas frecuentes sobre portabilidad
¿Tienes una consulta? Por favor revisa estas pregunta y respuestas
Cuando el afiliado y/o su familia permanezcan en un municipio diferente al que residen de forma ocasional, temporal o por dispersión de su familia
Recuerde adjuntar el certificado del proceso de portabilidad de su EPS al área de trabajo social de la Corporación IPS Universitaria de Caldas – Sede Palogrande
Si requiere orientación en el proceso, puede acercarse a la corporación IPS Universitaria De Caldas, al área de trabajo Social
Emigración ocasional
Entendida como la emigración por un periodo no mayor a (1) mes, desde el municipio donde habitualmente se reciben los servicios de salud en una IPS primaria a uno diferente dentro del territorio nacional
Emigración temporal
Cuando el afiliado se traslade de su domicilio de afiliación a otro municipio dentro del territorio nacional por un periodo superior a (1) mes e inferior a los (12) meses
Cuando la emigración temporal supera los 12 meses
Si el tiempo de estancia supera los (12) meses, usted como afiliado puede solicitar una prórroga por un año o más. Sin embargo, si su intención es radicarse definitivamente en este municipio, deberá solicitar el traslado de EPS junto a su núcleo familiar
Cuando usted como afiliado o su familia por razones laborales, de estudio, o de cualquier otra índole, fije su residencia en un municipio distinto a aquel en donde se encontraba afiliado, podrá solicitar la portabilidad para el municipio donde va a residir y la EPS debe garantizar la prestación de los servicios de salud.
Todas las EPS deben contar con mecanismos idóneos para que el afiliado pueda acceder a la información y al trámite de su requerimiento. Así mismo, las Direcciones Territoriales de Salud, deberán tener disponible la información pertinente sobre la EPS y brindar apoyo a los usuarios que lo requieran para el trámite del ejercicio de su portabilidad.
Un filiado podrá solicitar ante su EPS mediante la línea telefónica de atención al usuario, por escrito, por correo electrónico exclusivo, para trámites de portabilidad, personalmente o a través de cualquier otro medio disponible, de asignación de una IPS primaria en un municipio diferente al municipio de afiliación. En ningún caso la EPS podrá exigir la presentación personal del afiliado para el trámite de portabilidad.
- Nombres y apellidos
- Identificación del afiliado o el beneficiario
- Municipio receptor
- Temporalidad
- La IPS a la cual está adscrito en el municipio domicilio de afiliación
- Número telefónico
- Dirección geográfica
- Correo Electrónico